Cinco vocales del Poder Judicial creen que el órgano “se ha extralimitado” en sus funciones con su informe contra la ley de vivienda

Cinco vocales progresistas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) han registrado este viernes un voto particular contra el informe contrario a la ley de vivienda aprobado por el pleno del Consejo. Según estos vocales (Álvaro Cuesta, Clara Martínez de Careaga, Rafael Mozo, Pilar Sepúlveda —propuestos por el PSOE— y Concepción Sáez —por IU—) el texto acordado por la mayoría supone una “extralimitación” en las funciones del órgano de gobierno de los jueces y “distorsiona” el contenido del anteproyecto de ley. En su voto, que se enviará al Gobierno junto al informe aprobado por el pleno defienden que la norma que prepara el Ejecutivo constituye “un instrumento normativo adecuado para la consagración” del derecho a la vivienda.
El voto particular registrado este viernes está firmado por cinco de los seis vocales progresistas que rechazaron en el pleno de este jueves el informe contrario a la ley de vivienda redactado por José Antonio Ballestero y Pablo Lucas. De los vocales que votaron en contra de ese texto, solo la progresista Mar Cabrejas ha optado por quedarse fuera del voto particular, que incorpora casi íntegramente el contenido del informe sobre el anteproyecto de ley redactado por Álvaro Cuesta que fue tumbado por el pleno el pasado 14 de enero.
Pero además de reiterar los argumentos ya defendidos en el anterior informe, los vocales suscriben una duda crítica al texto aprobado por el pleno que, aseguran, supone “una distorsión e incorrecta versión del contenido y valoración” del anteproyecto de ley. Los cinco vocales que firman el voto defienden que el derecho a la Vivienda del artículo 47 de la Constitución es “más que una declaración programática”, a pesar de que el informe aprobado por el Poder Judicial “lo restringe hasta convertirlo en un mero principio retórico”.
“En ningún caso el anteproyecto desconoce o niega el tenor del artículo 148.1.3a, que establece que las comunidades autónomas podrán asumir competencias en ordenación del territorio, urbanismo y vivienda, que tienen por lo tanto, la competencia en vivienda y que la vienen ejerciendo”, afirman los cinco vocales. Pero esto, añaden, “no las deja blindadas ante el Estado, que también tiene sus obligaciones en relación al artículo 47 de la Constitución”. “No existe un blindaje constitucional de la comunidades autónomas en materia de vivienda, susceptible de impedir el reconocimiento de las competencias del Estado sobre las condiciones básicas que garantizan la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de sus derechos constitucionales y sobre la coordinación general de la planificación económica del llamado subsector vivienda”, sostiene el voto particular que asemeja este caso a la regulación del sistema nacional de dependencia puesto en marcha por el estado en una materia cuya competencia está transferida a las comunidades autónomas.
El voto particular es también muy crítico con algunas de las consideraciones incluidas en el informe aprobado por el pleno del CGPJ que, en su opinión, incurren en “una extralimitación” del contenido tradicional de los informes del Consejo sobre anteproyectos de ley y de lo que debe ser la función informadora recogida en el artículo 561 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). “Consideramos que la mayoría del pleno del CGPJ en su informe, como si se tratase de una tercera Cámara legislativa, realiza una forzada y poco constructiva intromisión en aspectos del articulado del texto sometido a su consideración, con apriorismos y juicios de intenciones exageradamente críticos impropios de la función institucional informadora, abordando un conjunto de cuestiones y enunciados normativos del anteproyecto, de absoluta disponibilidad del legislador, como ocurre, por ejemplo, cuando el informe se adentra en la regulación que del Registro de Arrendamientos hace el anteproyecto, defendiendo como opción alternativa el Registro de la Propiedad, adentrándose en consideraciones políticas o económicas que no le corresponden”.
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