Consumo abre otro expediente sancionador contra una inmobiliaria por abusar de los inquilinos

Nuevo paso de la Dirección General de Consumo, dependiente del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, en busca de agencias inmobiliarias que vulneran la Ley para la Defensa de Consumidores y Usuarios. El primero lo dio en octubre de 2024 cuando abrió un expediente investigador contra Alquiler Seguro, tal y como reveló Facua, al encontrar que habrían llevado a tres supuestas prácticas abusivas contra inquilinos en la gestión del alquiler: obligar al pago de una comisión por la gestión del arrendamiento; firmar contratos temporales sin justificar la temporalidad (los contratos temporales constituyen una práctica irregular utilizada por muchos propietarios de viviendas en zonas de gran afluencia turística para alquilarlos a largo plazo de octubre a junio y como vivienda turística de julio a septiembre), e incluir cláusulas que contravienen la normativa. Posteriormente inició en marzo un expediente sancionador a Alquiler Seguro tras seis meses de investigación.

El segundo lo ha dado esta mañana con la incoación de un nuevo expediente sancionador a otra agencia inmobiliaria que opera en todo el territorio nacional por posibles prácticas abusivas contra inquilinos e inquilinas en la gestión del alquiler como el cobro de comisiones ilegales u obligar a contratar servicios no solicitados. Esta investigación se abrió a partir de denuncias del Sindicato de Inquilinas-CECU y de asociaciones de consumidores como Facua y OC, que revelaron que obligaba a sus inquilinos a pagar una comisión por la gestión del arrendamiento o que imponía la contratación de un seguro o servicios no solicitados.

Desde el Ministerio dirigido por Pablo Bustinduy recuerdan que la ley 2/2023 de 24 de mayo, que garantiza el derecho a la vivienda, prohíbe expresamente trasladar a los inquilinos los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato y que estas cláusulas podrían ser constitutivas de infracciones que, según la Ley de Defensa de los Consumidores, que podría conllevar multas de hasta 100.000 euros en caso de faltas graves (pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido) y de hasta un millón de euros (pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido).

En paralelo a la batalla contra las agencias inmobiliarias que abusan de los inquilinos, el otro gran frente abierto es contra las plataformas que alojan anuncios de pisos turísticos sin número de licencia. El pasado 19 de mayo, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ordenó a Airbnb el bloqueo de más de 65.000 anuncios ilegales de pisos turísticos, tras haber remitido hasta tres resoluciones diferentes en la que le informó de esa irregularidad. La decisión de ordenar el bloqueo se adoptó una vez que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestimóo el recurso presentado por Airbnb contra una primera resolución de Consumo, que afectaba a 5.800 anuncios de viviendas turísticas que se encuentran en seis comunidades autónomas diferentes (Andalucía, Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana, Baleares y País Vasco).

Ante ese respaldo judicial, la Dirección General de Consumo instó a la filial de Airbnb en Irlanda, que es la que gestiona el negocio en Europa, al bloqueo de más de 65.935 anuncios ilegales de viviendas turísticas, que corresponden a los detectados en las tres resoluciones.

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