El Supremo declara que los despidos de Ayuso en Telemadrid fueron ilegales y obliga a indemnizar al exdirector de informativos

El Tribunal Supremo ha anulado la limpia de altos cargos y de cargos intermedios de Telemadrid que acometió Isabel Díaz Ayuso con el apoyo de Vox tras llegar al poder en 2021. Según el auto, fechado en septiembre, adelantado por eldiario.es y al que ha tenido acceso EL PAÍS, la sala de lo social al alto tribunal considera que el despido del entonces director de informativos de la cadena, Jon Ariztimuño, fue improcedente y que este profesional, que ahora trabaja en Televisión Española, debe ser indemnizado. Su despido es el primero que llega a consideración del Supremo después de que los tribunales ya hayan declarado improcedentes otros ceses de distintos cargos del ente público madrileño.
En julio de 2021, el PP y Vox aprobaron en la Asamblea una reforma para controlar Telemadrid que permitió la designación como administrador provisional de un directivo totalmente vinculado a la formación conservadora, José Antonio Sánchez. Sánchez desembarcó así de nuevo en la cadena pública madrileña tras haber firmado el ERE con el que se despidió a más del 70% de su plantilla en 2013, que el Supremo declaró improcedente. Su nombre aparece en los Papeles de Bárcenas y, además, está imputado por la Audiencia Nacional en el caso Titella durante su etapa como presidente de RTVE, en el que se acusa al empresario José Luis Moreno de dirigir una macrorred de fraude y blanqueo. El pasado 21 de septiembre, el juez suspendió su declaración como investigado, prevista para la próxima semana, para que tenga tiempo de estudiar la causa y garantizar su derecho de defensa.
Nada más llegar al cargo, Sánchez despidió a siete directivos, entre ellos al director general, José Pablo López, el propio Ariztimuño, al adjunto al director, a la jefa de Nuevos Proyectos y el director general de Contenidos Audiovisuales. Todos habían llegado a la cadena en 2015 tras el acuerdo del PP de Cristina Cifuentes y Ciudadanos.
Tras ganar Ariztimuño el juicio en el juzgado de lo social número 8 de Madrid en diciembre de 2021, los jueces del Supremo han rechazado el último recurso de la cadena pública madrileña y han declarado firme la improcedencia del despido. La línea de defensa de Telemadrid pasaba por comparar el caso de su exdirector de informativos con el de una directiva de un hospital canario. Sin embargo, el auto del Supremo considera que son supuestos “distintos” y ya el Tribunal Superior de Madrid ya criticó que la cadena integrara a “todo tipo de cargos intermedios bajo el paraguas” de la alta dirección cuando, en realidad, no lo eran. El Supremo también considera ahora que la relación laboral del periodista con la cadena “no era de alta dirección, sino ordinaria de trabajo por cuenta ajena, como se deduce de las funciones otorgadas, impropias de un alto directivo de la sociedad, que no disponía de plena autonomía al estar bajo la dependencia del director general”.
En el auto, contra el que no cabe recurso, además de declarar la firmeza de la sentencia a favor del demandante, se le impone a Telemadrid el pago de 300 euros en costas. Los despedidos ganaron en primera instancia y Telemadrid recurrió las sentencias desfavorables y este es el primer caso que ha llegado al Supremo.
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Cuando despidieron a Ariztimuño, este se presentó unos minutos ante la redacción para dirigir unas palabras de despedida a su equipo. Cuando volvió a su despacho, ya no le funcionaban ni las claves. Después, cuando le ingresaron su última nómina, no le pagaron la última semana que estuvo yendo a los estudios de Telemadrid. Tampoco la indemnización, aunque fuera como despido procedente, es decir, siete días por año trabajado de los cuatro que estuvo en total.
En todas las sentencias previas hasta llegar al Supremo, la justicia ha dado la razón a Ariztimuño, y obligaba a la cadena pública a readmitirle en su puesto o a pagarle la indemnización correspondiente por un despido improcedente (33 días por año trabajado). El fallo ahora es firme, se limita a ratificar los anteriores y pide que se ejecute, por lo que la Administración tendrá ahora un plazo de 20 días para hacerlo.
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