La Audiencia da a Griñán y al resto de condenados por el ‘caso ERE’ 10 días para que ingresen en prisión

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado un auto en el que desestima los recursos de súplica presentados por el expresidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán y los otros siete condenados a cárcel por el caso ERE, todos ellos ex altos cargos de la Junta de Andalucía, contra la resolución en la que el tribunal denegó suspender las penas privativas de libertad mientras se tramita el indulto, requiriendo a siete de ellos para que en el plazo de 10 días naturales ingresen voluntariamente en un centro penitenciario, plazo que empezará a contar a partir de mañana viernes, cuando se produce la notificación efectiva a los procuradores. Han de ingresar en prisión antes del 1 de enero.
En un auto fechado este jueves, contra el que no cabe recurso, el tribunal desestima el recurso presentado por la defensa del ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá, pero suspende su ingreso en prisión hasta que se tramite la suspensión de la ejecución de la pena solicitada por su defensa con base e el artículo 80.4 del Código Penal —que dispone que los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables—, al estar pendiente de informe por el médico forense. En este sentido, el abogado de este investigado realizó en su recurso alegaciones respecto al fondo de la resolución recurrida y expuso razones humanitarias por la enfermedad que padece.
La Sección Primera señala que los investigados, en sus recursos de súplica, “plantean cuestiones ya resueltas en el auto recurrido”, y añade que “no hay dato o circunstancia alguna que permita reformar la resolución dictada”, donde “se fundamentaba suficientemente la denegación de la suspensión vía artículo 4.4 del Código Penal, argumentos que damos aquí por reproducidos”. Este artículo regula la suspensión de la ejecución de las penas, impuestas en sentencia firme, como consecuencia de la petición de indulto y mientras tal petición se resuelve.
Respecto a la petición de suspensión sustentada por las defensas en que se han presentado incidentes de nulidad ante el Tribunal Supremo, la Audiencia de Sevilla explica que “esta cuestión consta resuelta en el auto recurrido”, donde los magistrados señalaron que “en modo alguno la presentación del incidente puede dar lugar a la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad impuestas en sentencia firme, pues ello supondría un quebranto de los preceptos que regulan la suspensión de la ejecución de las penas y el cumplimiento efectivo de las mismas previstos en el artículo 80 y siguientes del Código Penal, en el artículo 988 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en la doctrina del Tribunal Constitucional”.
Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Enlace de origen : La Audiencia da a Griñán y al resto de condenados por el ‘caso ERE’ 10 días para que ingresen en prisión