La justicia europea anula la multa de 1.060 millones que Bruselas impuso a Intel

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) anuló este miércoles una multa de 1.060 millones de euros que la Comisión Europea impuso al fabricante estadounidense Intel por haber abusado de su posición dominante en el mercado mundial de los microprocesadores. La sanción, fijada en 2009, en su día fue la mayor jamás impuesta por el Ejecutivo comunitario. La justicia europea, sin embargo, considera que “el análisis realizado por la Comisión es incompleto” y “no permite demostrar” de forma suficiente que las prácticas que Bruselas declaró ilegales “podían o podrían producir efectos contrarios a la competencia”. No es la primera vez que la Comisión recibe un varapalo de los jueces europeos por no haber podido justificar sus decisiones en materia de competencia. El pasado mes de julio, Luxemburgo dio la razón a Apple por esa misma razón y revertió la devolución de 13.000 millones de euros a Irlanda que Bruselas había considerado ayudas Estado.

El caso alude a una investigación que concluyó con una sanción a Intel porque entre 2002 y 2007 puso en marcha prácticas que impedían la libre competencia de otras compañías. Con una cuota de mercado del 70%, Intel ofreció descuentos a cuatro grandes fabricantes de ordenadores (Dell, Lenovo, HP y NEC) a cambio de conseguir la práctica exclusividad en la venta de sus procesadores x86. También pagó a la firma Media-Saturn para que solo comercializara ordenadores provistos de esos procesadores. Además, efectuó pagos a tres fabricantes (HP, Acer y Lenovo) para que frenasen o retrasasen el lanzamiento de productos que incorporaban chips del único gran rival de Intel, AMD.

La justicia europea desestimó en 2014 un primer recurso de la firma estadounidense, este fallo fue anulado en 2017 al estimar un recurso de casación, lo cual supuso que el asunto volviera al TGUE. En su sentencia de este miércoles, el tribunal admite los argumentos que acreditan la existencia de esos descuentos. Sin embargo, considera que si bien esa práctica podría restringir la competencia, se trata de una “presunción” que no exime a la Comisión de “examinar los descuentos controvertidos tomando en consideración la totalidad de las circunstancias del caso”.

El TGUE estima parcialmente el recurso de Intel al concluir que el análisis de la Comisión es “incompleto” al no permitir demostrar suficientemente que los descuentos podían tener “efectos contrarios a la consecuencia”. Por ello, la justicia europea decide anular “en su totalidad” la multa de 1.060 millones de euros, aunque aclara que decide cancelarla por completo porque “no puede identificar el importe de la multa correspondiente únicamente a las restricciones manifiestas”.

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