La PAH anuncia un acuerdo entre independentistas y Comunes para frenar los desahucios en Cataluña

El conseller de Economia, Jaume Giró; el presidente de la Generalitat, Pere Aragonès y la líder de los comuns en el Parlament, Jéssica Albiach, posan en un pleno del Parlament de Cataluña.
El conseller de Economia, Jaume Giró; el presidente de la Generalitat, Pere Aragonès y la líder de los comuns en el Parlament, Jéssica Albiach, posan en un pleno del Parlament de Cataluña.David Zorrakino (Europa Press)

Los partidos del Govern (ERC y Junts), además de la CUP y comunes, han alcanzado un acuerdo para recuperar la ley catalana antidesahucios anulada por el Tribunal Constitucional en enero de 2021, según han confirmado fuentes de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), una de las entidades impulsoras de la nueva norma. El pacto ha superado así las enmiendas realizadas por Junts, y que causaron que la aprobación del proyecto –prevista para el pasado noviembre– se detuviera hasta ahora. Según un documento al que ha tenido acceso EL PAÍS, el 2 de febrero esta mayoría parlamentaria votará “para aprobar” la nueva versión de la ley catalana antidesahucios.

El acuerdo garantiza que se recuperen las medidas de alquiler social impulsadas por el decreto que suscribió el Govern en 2019 y que, entre otras cosas, buscaba combatir las situaciones de emergencia residencial y aumentar el número de viviendas protegidas en régimen de alquiler. La renovación obligatoria, cuando llegase a su fin, de los alquileres sociales de los grandes tenedores es una de las medidas que se recuperan. De este modo, según reza el mencionado documento, “miles de personas con alquileres sociales firmados el 2015 evitarán el desahucio”. Otras normas que se retoman serían los alquileres sociales obligatorios para los hogares vulnerables que enfrenten el final del contrato de alquiler; así como para familias que hayan debido de ocupar pisos de bancos o fondos buitres.

Por otro lado, hay elementos que se introducen en la nueva norma, a la espera de su aprobación, como un mecanismo de fomento para evitar los desahucios: de esta manera, los grandes tenedores no vinculados a bancos o fondos buitre podrán solicitar a la Generalitat que les alquile la vivienda donde viva una familia en riesgo de desahucio a precio de protección oficial. También se ampliará la definición de gran tenedor, que incluirá a personas jurídicas de más de 10 viviendas; entre otras medidas. Según la PAH, “la protección cuando se apruebe la nueva Ley será muy amplia”.

Junts había firmado 11 enmiendas al proyecto de ley que presentaron conjuntamente en junio de 2021 con ERC, la CUP y los comunes para ampliar medidas urgentes y hacer frente a la emergencia habitacional. Siete de estas enmiendas, según fuentes de la PAH, “recortaban y debilitaban” la propuesta original. Ello provocó, desde principios de octubre, una serie de acciones por parte de la organización. La última de ellas, a principios de diciembre, derivó en la ocupación de la oficina europarlamentaria que los eurodiputados de Junts, con el expresident de la Generalitat Carles Puigdemont a la cabeza, tienen en Barcelona desde octubre. El objetivo, que finalmente consiguieron, era entregar una carta al expresidente huido de la justicia española y que este accediese a mantener una nueva reunión para negociar las enmiendas presentadas por Junts.

El Constitucional se había inclinado por anular la normativa catalana y declarar inconstitucional el decreto de la Generalitat al estimar que este afectaba al título primero de la Carta Magna, donde se hace referencia al derecho a la propiedad. El falló consideró en su momento que cualquier normativa que afecte a los derechos fundamentales debe tener rango de ley. La sentencia tuvo lugar tras un recurso de inconstitucionalidad del Partido Popular contra el decreto catalán.

La norma que fue anulada completaba la ley 24/2015 de medidas urgentes en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética. También ampliaba un decreto aprobado en 2019 que a su vez intentaba paralizar los lanzamientos de personas y familias vulnerables que residieran en propiedades de grandes propietarios (aquellos que tienen a partir de 15 pisos), y obligaba a los arrendadores a “acreditar” que se había ofrecido al inquilino un alquiler social antes de iniciar el desalojo. Entre otras cosas, la nueva norma prevé, por ejemplo, que en la nueva figura de gran tenedor, además de las personas físicas con más de 15 pisos, también se considere a las personas jurídicas con más de 10 viviendas.

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