La UE pacta unificar los criterios para fijar el salario mínimo en Europa

El comisario europeo de Empleo, Nicholas Schmidt, durante la rueda de prensa de presentación del acuerdo en la sede del parlamento europeo en Estrasburgo.
El comisario europeo de Empleo, Nicholas Schmidt, durante la rueda de prensa de presentación del acuerdo en la sede del parlamento europeo en Estrasburgo.JULIEN WARNAND (EFE)

La Unión Europea ha logrado pactar una norma que regule el salario mínimo en toda Europa y reforzar la negociación colectiva. La directiva, acordada este martes de madrugada entre el Consejo de la UE y el Parlamento, supone un paso adelante en derechos sociales y laborales en los mercados de trabajo de los Veintisiete y un avance más en la homogenización de condiciones laborales. Aunque lograr este paso adelante ha costado mucho esfuerzo. Y no solo porque entre salario mínimo de Luxemburgo (2.256 euros) y el de Bulgaria (332,34 euros) se abra un abismo, también porque no ha sido nada fácil poner de acuerdo a los países que regulan estos sueldos a través de leyes o decretos -la mayoría de Los Veintisiete, entre ellos España- con los que tienen una sólida y negociación de sueldos mediante convenios, como los nórdicos e Italia. La vía para poner de acuerdo a los Estados miembros ha pasado por respetar los mecanismos actuales de cada país, pero apuntando qué criterios deben tenerse presentes.

Ya hace mucho que en Bruselas se renunció a fijar un porcentaje mínimo, bien sobre el sueldo medio o el mediano de cada Estado, que sirviera de suelo legal para todos. Esto era una de las cosas que generaba más rechazo entre los nórdicos, especialmente en los sindicatos de estos países, que, dado su punto de partida más alto, temían que esto se convirtiera en un objetivo a la baja y degradara sus condiciones laborales. También chocaba con el reparto de competencias entre la Unión Europea y los Estados miembros, que no permite a la primera fijar de forma directa cómo se fijan los sueldos. Para sortear estos obstáculos, la directiva, que ahora debe ratificarse por el pleno del Parlamento y por el Consejo de la UE, toma el camino de la regulación indirecta al establecer procedimientos y criterios de actualización, especialmente para los países con un salario mínimo establecido a través de leyes. A estos les dice que deben tener en cuenta la evolución del coste de la vida y usar indicadores para orientar la evaluación y adecuación de estos sueldos. El texto legal aconseja que estas referencias observen una cesta de bienes y servicios a precios reales (alimentación, ropa, vivienda o la necesidad de participar en actividades culturales, educativas y sociales).

Además estos criterios, la UE también establece la necesidad de que los sueldos más bajos se actualicen con regularidad (al menos cada dos años, o como máximo cada cuatro años donde se recurra a herramientas de indexación automática). La participación de los agentes sociales en la fijación de estas remuneraciones y la creación órganos de evaluación de los salarios mínimos son otras aspectos de la norma.

Ampliar la cobertura de los convenios

Junto a esto, la directiva pactada plantea ampliar la cobertura de los convenios, es decir, aumentar el número de trabajos amparados por la negociación colectiva de las condiciones laborales. Es lo que en el argot de los mercados de trabajo se conoce como reforzar la negociación colectiva. “Los países con una cobertura alta tienden a tener una menor proporción de trabajadores con salarios bajos”, apunta la Comisión Europea en un comunicado que celebra el acuerdo. Esta frase está redactada, sobre todo, teniendo presente lo que sucede en los países nórdicos, donde la alta afiliación sindical y la tradición negociadora tienen una gran importancia en la determinación de todos los sueldos y en la lucha contra la desigualdad retributiva. En otros países, como es el caso de España, donde hay una amplia tasa de cobertura de los convenios, hay más presencia de salarios bajos (esto se corrigió, en parte, desde 2017 por las importantes subidas del salario mínimo y el acuerdo marco de negociación colectiva de 2018).

“La directiva pide a los Estados miembros en los que la cobertura de la negociación colectiva sea inferior al 80% que establezcan un plan de acción para promoverla”, añade la nota del Ejecutivo comunitario. Fijar ese objetivo, aunque sea como mera recomendación y promoción, es un reto para algunos países del centro y el este de Europa, como Polonia. Por ejemplo, en este país, donde la negociación colectiva se desarrolla en el ámbito empresarial, no en el sectorial, y, por tanto, resultaría difícil lograr esta cifra solo a base de promoción del uso de convenios si no media un cambio legal. La norma también da mucha importancia a lo recolección de datos sobre cobertura de negociación colectiva y ”adecuación de salario mínimo”.

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Escaso impacto en España

En España, este aspecto apenas tendrá impacto porque la cobertura de los convenios es muy alta. Tradicionalmente se sitúa por encima de ese porcentaje del 80% gracias a la regulación legal de la negociación colectiva: cuando un convenio sectorial los sindicatos mayoritarios (en el sector y en el territorio correspondiente) afecta a todos los trabajadores estén afiliados o no; en los convenios de empresa, cuando lo suscribe la mayoría del comité.

Para la Comisión Europea, establecer unos criterios compartidos para los salarios mínimos y reforzar la negociación colectiva era una de las tareas prioritarias que la propia presidenta, Ursula von der Leyen, fijó hace ya dos años en su discurso sobre el Estado de la Unión Europea en 2020. “El dumping salarial destruye la dignicada del trabajo, penaliza a los empresarios que pagan sueldos decentes y distorsiona la competencia en el mercado único”, declaró entonces la alemana. “Todo el mundo debe tener acceso a sueldos mínimos a través de convenios colectivos o de salarios mínimos legales”.

En esa declaración se marcan los dos objetivos por los que la Comisión ha perseguido esta directiva pese a las resistencias que encontró, también las hubo entre los países del este, que basan mucha de su competitividad en tener sueldos más bajos: garantizar condiciones laborales dignas y evitar la competencia desleal. “Los Estados miembros tendrán que recopilar datos sobre la cobertura y adecuación del salario mínimo, y garantizar que los trabajadores puedan acceder a la resolución de conflictos y tengan derecho a reparación. El cumplimiento y la aplicación efectiva son esenciales para que los trabajadores se beneficien realmente del acceso a la protección del salario mínimo y promuevan un entorno competitivo basado en la innovación, la productividad y el respeto de las normas sociales”, ha añadido el vicepresidente responsable de la cartera económica y comercial, el conservador Valdis Dombrovskis.

La ministra de Trabajo española, Yolanda Díaz, ha recibido con alegría el acuerdo alcanzado esta madrugada. “Un gran paso en el que nuestro país ha jugado un papel clave. El trabajo con derechos debe estar en el centro del proyecto europeo”, ha declarado Díaz en un mensaje en Twitter. Casi más que en la propia conformación de los criterios para actualizar el salario mínimo, el interés de Trabajo se centraba en el refuerzo de la negociación colectiva, un propósito que persiguió con la reforma laboral y que ahora ve reforzado.

“Los trabajadores de toda Europa merecen sueldos justos que faciliten concidiones de vida decentes y representación sindical, y el acuerdo de hoy puede ser un cambio para millones de trabajadores que tienen dificultades con la crisis por el coste de la vida”, ha declarado la vicesecretaria general de la Confederación Europea de Sindicatos, Esther Lynch. “Si la directiva se implementa correctamente, no solo los salarios mínimos legales serán más justos, sino que también protegerán y promoverán la negociación colectiva”, ha añadido.

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