Llarena da 10 días de plazo a Puigdemont para que acredite si ha pedido que le devuelvan la inmunidad como eurodiputado

En pleno debate sobre la amnistía que reclama Junts, la formación que lidera Carles Puigdemont, para apoyar la investidura de Pedro Sánchez, el pulso interminable que mantienen el expresidente de la Generalitat y el magistrado instructor de la causa del procés en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, vive este martes un nuevo envite. Llarena ha dictado una providencia en la que concede un plazo de 10 días tanto al expresident como al exconseller Antoni Comín —huido con él a Bélgica desde octubre de 2017— para que acrediten si han recurrido ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) la sentencia que el pasado 5 de julio retiró la inmunidad parlamentaria como eurodiputados. El magistrado pregunta, además, si las defensas de Puigdemont y Comín han pedido también la suspensión cautelar de ese fallo, y aquí puede estar la clave del escrito de Llarena: mientras el propio TJUE confirmaba el lunes la recepción de los recursos, señalaba que todavía no había recibido una petición de medidas cautelares. Algo que la defensa del expresident apuntó por su parte que tiene previsto hacer, aunque sin fijar hasta el momento una fecha. Según el tribunal de Luxemburgo, no hay un plazo fijo para hacerlo, ya que se pueden presentar “hasta que se resuelvan los asuntos principales”. El escrito de Llarena, aunque formalmente obedece solo a un trámite, deja entrever que el juez pretende seguir teniendo a Puigdemont atado en corto.
El magistrado le da ahora a Puigdemont 10 días de plazo para que justifique qué ha pedido, por lo que si el expresidente no ha solicitado para entonces ante el TJUE que le devuelva la inmunidad mientras decide sobre su recurso, el instructor del Supremo podría reactivar las euroórdenes y las órdenes internacionales de detención, tal y como han pedido la Fiscalía y la acusación particular que ejerce la Abogacía del Estado. En un escrito dictado el pasado 27 de julio, el juez acordó tener por presentadas esta petición de las acusaciones, pero estableció que resolvería sobre ella cuando el TJUE se pronunciase sobre las posibles medidas cautelares que ambos procesados pudiesen presentar contra la decisión del TGUE. De ahí que Llarena quiera ahora saber si Puigdemont y Comín han solicitado estas medidas provisionales.
La decisión de la defensa de los líderes independentistas de posponer la petición de cautelares les permitía, en principio, ganar tiempo frente a Llarena, que ya dejó por escrito que decidiría si reactivar o no las euroórdenes cuando el TJUE decidiera sobre su suspensión cautelar. Pero el magistrado le da ahora 10 días de plazo, por lo que Puigdemont y Comín tendrán que decidir si solicitan la suspensión de su inmunidad antes de este periodo y así poder justificarlo ante el juez del Supremo o, por lo contrario, se arriesgan a que Llarena vuelva a emitir la orden europea de detención. En su estrategia de demorar al máximo el proceso, la defensa del expresidente y el exconsejero ya agotó la semana pasada el plazo para recurrir ante el TJUE la sentencia que le retiró la inmunidad. El fallo se conoció el 5 de julio y el plazo para impugnarlo vencía el pasado viernes, día en el que finalmente el abogado presentó sus escritos.
La sentencia del tribunal europeo deja también sin inmunidad a la exconsejera y actual eurodiputada Clara Ponsatí, pero Llarena no se plantea reactivar contra ella la euroorden porque, tras la reforma penal que derogó en diciembre pasado el delito de sedición, solo está procesada por desobediencia, un delito que no implica penas de prisión. De hecho, Ponsatí ya ha viajado en los últimos meses en varias ocasiones a España y, en julio pasado, fue detenida, prestó declaración judicial y quedó en libertad provisional. Al día siguiente, Llarena dio por terminada la instrucción de su caso para que pueda ser juzgada.
La sentencia del Tribunal General de la UE de julio pasado desestimó todos los motivos formulados por los eurodiputados, “en particular sus alegaciones según las cuales el Parlamento incurrió en error al concluir que el referido proceso judicial no se incoó con la intención de dañar la actividad de los diputados”. Además, agrega, “al examinar un suplicatorio de suspensión de inmunidad, no corresponde al Parlamento analizar la legalidad de los actos judiciales españoles, pues esta cuestión es competencia exclusiva de las autoridades nacionales”.
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