Multa histórica de 150 millones a Ryanair, Volotea, Vueling y EasyJet por cobrar el equipaje de cabina

Histórica multa a cuatro compañías aéreas por cobrar a los pasajeros equipaje de cabina o por obligar a imprimir el billete. El Ministerio de Consumo ha sancionado con más de 150 millones de euros a cuatro aerolíneas de bajo coste —Ryanair, Volotea, Vueling y EasyJet— por prácticas como cobrar por llevar equipaje a bordo o por la selección de asiento cuando se llevan niños, según ha adelantado la Cadena SER. Es la mayor sanción por prácticas contra los clientes que jamás han impuesto las autoridades de Consumo, señalan las organizaciones de consumidores Facua y OCU en una nota.

Las empresa que ha recibido la mayor sanción es Ryanair, la primera que comenzó a cobrar por el equipaje de mano, en noviembre de 2018. Tras ella, Vueling, y a continuación, a mayor distancia, EasyJet y Volotea, señala Facua. Concluye así el expediente que abrió Consumo en junio de 2023 para investigar si estas prácticas de las compañías son abusivas o desleales y si contravienen, de forma generalizada, la normativa. No obstante, las aerolíneas pueden recurrir, primero ante el ministro en casación y después ante la Audiencia Nacional.

Un portavoz del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha confirmado que en el verano de 2023 se abrieron expedientes a cuatro aerolíneas ‘low cost’ ante las denuncias recibidas por organizaciones de consumidores, aunque no ha precisado las empresas afectadas ni las cuantías económicas. Desde el ministerio explican que el objetivo de estos expedientes era investigar cuatro prácticas que pueden ser consideradas abusivas: cobrar un suplemento por la reserva de asientos contiguos para acompañar a menores y personas dependientes; falta de transparencia en la información precontractual sobre el precio final del servicio; cobrar un suplemento por el equipaje de mano de los pasajeros y no permitir el pago en metálico en el aeropuerto por estos u otros servicios adicionales.

La Asociación de Líneas Aéreas (ALA), que aglutina el 85% del tráfico aéreo en España, ha rechazado “frontalmente la pretensión” del Ministerio “de multar con cuantías desproporcionadas esta práctica, pues perjudicará a los consumidores, al suprimir la opción de los pasajeros de contratar exactamente lo que necesiten”. “De este modo, los cerca de 50 millones de pasajeros que hoy en día no llevan maleta de cabina a bordo y sólo viajan con el equipaje de mano bajo el asiento, no podrían beneficiarse de pagar sólo por los servicios indispensables, obligándoles a contratar servicios que no utilizan”, señala la organización en un comunicado.

La multa sanciona las cuatro prácticas que, además, quedan técnicamente prohibidas a partir de ahora, pese a que se siguen aplicando en las aerolíneas low cost. En primer lugar, se sanciona y se prohíbe cobrar por llevar equipaje de mano a bordo, la principal infracción sancionada que se calificada de “abusiva”. El Ministerio señala que, en base a la legislación vigente y jurisprudencia, las compañías aéreas tienen derecho a determinar las medidas y pesos del equipaje de mano que pueden llevarse a bordo, pero no pueden cobrar ningún importe extra por ese equipaje, indica la OCU.

Consumo también sanciona el cobro por selección de asiento cuando el viajero va acompañado de personas dependientes, como niños. La sanción señala que puede resultar en un “perjuicio a personas vulnerables” que pueden quedar en “situación de desamparo” en caso de que se les asignen asientos separados. En tercer lugar el ministerio multa la “falta de transparencia en la información contractual”, es decir, que el precio que aparece en la primera pantalla es muy inferior al del final del proceso de pago. Según el expediente al que ha tenido acceso la SER, se tratar de “una práctica comercial desleal que dificulta la comparabilidad de ofertas y la toma de decisión de las personas consumidoras”. En cuarto lugar, se sanciona prohibir el pago en metálico en la compra de billetes en los aeropuertos.

Hay, además, en esa sanción, un “reproche especial” a la práctica de Ryanair de cobrar 20 euros a los pasajeros a los que imprime el billete en papel, señala la SER. Se dice que “la exigencia de un coste desproporcionado por reimpresión de la tarjeta de embarque supone una práctica abusiva, al no corresponderse con costes reales asumidos por la empresa y generar un desequilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes”.

La investigación arrancó en el año 2023 desde la Dirección General de Consumo que analizó lo que consideraba “prácticas abusivas”, tras las quejas de asociaciones de usuarios como Facua. Tras una propuesta de sanción a las cuatro aerolíneas, éstas presentaron alegaciones y, tras ellas, ahora reciben la sanción.

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